Proyecto 9 Business Center

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COWORKING celebrado en Cuernavaca, Morelos, a la fecha de firma, entre Proyecto 9 Business Center, en lo sucesivo “EL PROVEEDOR”, y la persona física o moral identificada en la orden de contratación, en lo sucesivo “EL CLIENTE”.

Cláusulas

PRIMERA. Objeto.
EL PROVEEDOR se obliga a otorgar al CLIENTE el uso temporal de espacios de coworking, oficinas privadas, salas de juntas y demás servicios complementarios bajo las condiciones estipuladas.

SEGUNDA. Vigencia.
La duración de este contrato será conforme al plan contratado, pudiendo ser por horas, días, semanas, meses o periodos anuales.

TERCERA. Precio y forma de pago.
El CLIENTE se compromete a pagar en moneda nacional el precio convenido en el contrato. Los pagos se realizarán de forma anticipada, salvo acuerdo expreso. La falta de pago será motivo de suspensión del servicio.

CUARTA. Obligaciones del proveedor.

  • Mantener en condiciones seguras las instalaciones.

  • Proporcionar internet de alta velocidad.

  • Ofrecer acceso a áreas comunes y servicios incluidos.

QUINTA. Obligaciones del cliente.

  • Pagar puntualmente el precio pactado.

  • Usar de manera responsable las instalaciones.

  • No alterar ni subarrendar los espacios.

  • Respetar a otros usuarios y al personal de Proyecto 9.

SEXTA. Responsabilidad.
El CLIENTE será responsable de daños ocasionados a bienes, mobiliario o instalaciones. EL PROVEEDOR no será responsable de pérdidas de objetos personales ni accidentes derivados de negligencia del cliente.

SÉPTIMA. Confidencialidad.
Ambas partes se obligan a mantener la confidencialidad de la información a la que tengan acceso durante la relación contractual.

OCTAVA. Terminación anticipada.
El contrato podrá darse por terminado antes de su vencimiento por:

  • Incumplimiento de obligaciones.

  • Daños a instalaciones.

  • Uso indebido del espacio.

NOVENA. Fuerza mayor.
Ninguna de las partes será responsable en caso de incumplimiento derivado de causas de fuerza mayor o caso fortuito.

DÉCIMA. Jurisdicción.
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de Cuernavaca, Morelos.